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Anuncian decreto que obliga a
buses interurbanos a exhibir video de seguridad
Los buses que no cuenten con DVD para presentar el material
audiovisual, deberán tener a disposición de los pasajeros
cartillas con los mismos contenidos exigidos al video de seguridad vial.
Desde el pasado miércoles 25 de abril, comenzó a regir el
Decreto N°1 del año 2012 que modifica el D.S. 212/92 y que
establece la obligatoriedad de las empresas de buses interurbanos a
exhibir un video de seguridad. Por ello, este mediodía, el
Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Manuel Fuenzalida
llegó hasta el Terminal de La Serena para verificar si se estaba
cumpliendo con la nueva norma.
“Esta iniciativa es importante para sociabilizar con la gente
cuáles son sus derechos y sus obligaciones, porque el
cinturón de seguridad es una obligación que debe cumplir
el pasajero y que, muchas veces, los pasajeros no cumplen, por lo que
también se arriesgan a ser sancionados”, señaló
Fuenzalida.
En este sentido, el material audiovisual debe, entre otras cosas,
establecer la obligación por parte del pasajero a cumplir con el
uso del cinturón y recuerda a los usuarios que ellos tienen el
derecho a controlar la velocidad del bus, exigiendo que se reduzca si
es que el conductor la excede.

“Es importante que los pasajeros sepan que ellos pueden controlar la
velocidad de los buses, ellos también son fiscalizadores y deben
ejercer su derecho, pues es una facultad que les otorga la ley y que
puede evitar accidentes fatales”, agregó.
Cada empresa podrá realizar un video propio, pero cumpliendo con
los contenidos que exige la ley, o bien, utilizar el que realizó
la CONASET y que se puede descargar a través de su
página web. Si el bus no cuenta con un DVD para mostrar el
video, deberá tener a disposición de los pasajeros
cartillas con información similar a la exhibida en el referido
material audiovisual.
Por su parte, Marcelo Tapia, gerente general de la empresa Romani,
destacó la iniciativa, indicando que, “creemos que iniciativas
como estas ayudará a disminuir el número de accidentes.
Acá hay una responsabilidad compartida que va a traspasar la
capacidad fiscalizadora a los pasajeros, por lo tanto, es un apoyo
importante para cumplir con la seguridad vial”.
De no cumplir con la normativa, a las empresas se les aplicará
una multa de entre 0,2 a 0,5 UTM, pues constituye una falta leve a la
Ley de Tránsito.
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